El Cultivador 27
6 noticias internacionales L os farmacéuticos aclaran que los medicamentos basados en la can- nabis no escapan a su condición de fármacos, de manera que cual- quier producto derivado que se quiera utilizar con fines medi- cinales, debería ser incluido en la categoría de medicamentos psicotrópicos (Ley 8204 y su reglamento). Además de cir- cunscribirse al control de la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes, la cual esta- blece unmarco regulatorio ade- cuado para la producción, im- portación, almacenamiento, prescripción, despacho y segui- miento de estas medicinas. Miembros de la Junta Direc- tiva se han reunido en repetidas ocasiones con los promotores del proyecto y expertos de COL- FAR realizaron un análisis del mismo. Se titula “Ley para la investigación, regulación y con- trol de las plantas cannabis y cáñamo para uso medicinal, alimentario e industrial” y fue enviado a la Asamblea Legisla- tiva hace varias semanas. En principio, COLFAR ase- gura estar a favor de la inves- tigación de las propiedades terapéuticas de cannabis y sus posibles usos en pacientes que no responden a las terapias convencionales. Sin embargo, considera que al proyecto le hace falta profundizar en el concepto de medicamento de- rivado de esta sustancia; ade- más, recomienda la adopción de la regulación nacional vi- gente de los medicamentos, ya que existen vacíos, dupli- cidades y contradicciones en algunos de los conceptos pro- puestos. “La exposición de motivos del proyecto de ley bajo estudio, hace mención a todo el des- arrollo histórico enfocado en la investigación de los efectos derivados del uso medicinal de cannabis, evidenciando que la Organización de Naciones Uni- das desde 1961, en la Conven- ción única sobre Estupefacien- tes, contempla a estos productos comomedicamentos, los cuales deben ser controlados bajo la denominación de Drogas Es- tupefacientes, descritos en la lista 1 y 4 de dicha Convención”, explicó el Dr. Hernán Rodrí- guez, miembro de la Comisión de estudio del proyecto de Ley de Cannabis. Siendo Costa Rica un país firmante de la Convención mencionada, se entiende que el uso medicinal de los deri- vados de cannabis puede ser una alternativa útil en el en- tendido de que los productos resultantes estén respaldados por estudios clínicos serios, bajo los criterios de las buenas prácticas clínicas. En relación con su carácter de estupefaciente, el COLFARavala el uso médico de estas sustan- cias, explicado ampliamente en la Convención Única Sobre Es- tupefacientes de las Naciones Unidas; no obstante, con el com- promiso de facilitar su accesi- bilidad de manera segura y de calidad para su uso en la po- blación que lo necesite. “La legislación vigente en Costa Rica, así como las con- venciones internacionales fir- madas, mediante las acciones de la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes, esta- blecen un marco regulatorio adecuado para la importación, almacenamiento, prescripción, despacho y seguimiento de los medicamentos considerados como psicotrópicos o estupe- facientes según lo establecido en la Convención Única Sobre Estupefacientes de las Nacio- nes Unidas”, indicó, el Dr. Her- nán Rodríguez. Visto en Teletica : http://goo.gl/RwrJKY. Costa Rica: el colegio de farmacéuticos apoya el uso medicinal de derivados de cannabis El Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica (COLFAR) ha anunciado que apoya el usomedicinal de los de- rivados de cannabis, ya que los considera una alternativa útil para el apoyo del tratamiento de los pacientes con condiciones que así lo requieran y que no hayan respondido a la terapéutica tradicional. Playa Langosta, Costa Rica (Tamarindowiki, Wikipedia)
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