El Cultivador 30
80 pensamiento psicodélico hombres de religión se daban al vicio. Entre los papas hubo quien se afanó en castigarlo, como Urbano VIII o Inocencio X. En una bula papal de 1624 Urbano VIII condena el hábito, por petición del deán de la Cate- dral de Sevilla, así: “Se nos ha informado que la mala costum- bre de tomar por la boca y las narices la hierba vulgarmente denominada tabaco se halla totalmente extendida en muchas diócesis, al extremo de que las personas de ambos sexos y aun hasta los sacerdotes y los clérigos, tanto los seculares como los regulares, olvidándose del decoro propio de su rango la toman en todas partes y prin- cipalmente en los templos de la villa y diócesis de Híspalis (Sevilla), sin avergonzarse durante la celebración del muy santo sacrificio de lamisa, ensu- ciándose las vestiduras sagradas con los repugnantes humores que el tabaco provoca e infes- tando los templos con un olor repelente (…) por medio de la presente, pongamos en entre- dicho y prohibamos en conse- cuencia, a todos en general y a cada uno en particular, a las personas de uno y otro sexo, a los seculares, a los eclesiásticos, a todas las órdenes religiosas y a cuantos formen parte de una institución cualquiera de esa naturaleza, el tomar tabaco bajo los pórticos y en el interior de las iglesias, ya sea mascándolo, fumándolo en pipa o aspirán- dolo en polvo por la nariz; en fin, usarlo en cualesquiera for- mas que sean. Si alguno con- traviniese estas disposiciones será excomulgado inmediata- mente, ipso facto, sin más ni menos, de acuerdo con los tér- minos del presente interdicto”. Aunque ya en 1618 se había propuesto por vez primera el estanco, no sería hasta la Real Cédula de 1636 que se produjera la constitución del primer estanco en España. Ya en las Cortes celebradas entre 1632 y 1636, el tabaco se posiciona como buena solución para la obtención de dinero destinado a exigencias fiscales derivadas de la guerra. Entendiendo que el mercado del tabaco está cre- ciendo exponencialmente, en la Real Cédula de 1636 se decreta el establecimiento del estanco en los territorios de Castilla, quedando el arrenda- miento del mismo sujeto a con- cesiones privadas durante todo el siglo XVII. “La Real Cedula de 28-XII- 1636 (…) significó, en primer lugar, el reconocimiento de que uno de los medios generales elegido por el Reino para hacer frente al servicio de los 2,5 millones de ducados pagaderos en 6 años, era el estanco del tabaco. En segundo lugar, el estanco era de aplicación exclu- siva al consumo de tabaco en estos reinos, tanto al por mayor, como al por menor, y no se car- garía imposición, ni a la entrada, ni a la salida de los mismos. El estanco se arrendaba, enaje- nando (en teoría) el control absoluto del mismo, en la per- sona del concesionario”. Así lo describen Santiago de Luxán y Oscar Bergasa en “La institu- cionalización del modelo taba- quero español 1580-1636: la creación del estanco del tabaco en España. Nota y discusión”. El resto del siglo XVII, el mer- cado del tabaco sufrió diversas crisis, originadas por la sobre- producción que se había dado en las colonias y la consecuente bajada de precios, siendo el tabaco cubano el que mejor resistió los envites y turbulencias del mercado por su calidad. Desde la constitución del estanco en 1636, sólo un período entre los años 1684 y 1687 el estanco pasa a ser monopolio de la Hacienda Real. No será hasta el siglo XVIII, con el gobierno de los borbones, que cese el sistema de estanco con concesiones privadas. Mientras tanto, se realizan los primeros estudios con preten- siones científicas acerca del tabaco. En 1648, Juan Chrisôs- tome Magnen aísla el principio activo “magneno” (bautizado en su honor) y Francesco Redi en 1671 prosigue su empresa. Para que se aísle la nicotina por vez primera, no obstante, tendremos que esperar hasta el siglo XIX. Aún le queda mucha historia al tabaco. En el próximo número de El Cultivador, encontrareis el siguiente capí- tulo, en el que llegaremos hasta nuestros días, partiendo desde el siglo XVIII. El resto del siglo XVII, el mercado del tabaco sufrió diversas crisis, originadas por la sobreproducción No sería hasta la Real Cédula de 1636 que se produjera la constitución del primer estanco en España Reproducción del cuadro de Las Cigarreras de Gonzalo Bilbao en un banco de la Plaza de España de Sevilla (CarlosVdeHabsburgo, Wikipedia) Anuncio de tabaco (British Museum, Wikipedia)
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