El Cultivador

63 OECCC nuestro siglo […] Es la naturaleza de las políticas públicas la que permite determinar qué tipo de impacto, posi- tivo o negativo, tendrá el cannabis sobre una sociedad”. 1.2) Cannabis, Ciencia y Derecho. AzorínOrtega, Francisco (OECCC). Se expone un análisis de la sustancia estupefaciente en el desarrollo de la jurisprudencia sobre drogas del Tri- bunal Supremo y del resto de juzgados menores. Se analiza la interpretación de los textos de las convenciones internacionales de fiscalización de drogas y se explica la importancia de los pesajes y los análisis de las drogas y su repercusión en la posterior sentencia. Se revisa, para ello, la jurisprudencia contenida en los convenios y tratados internacionales de fiscalización, así como los protocolos enmateria de polí- ticas de drogas; protocolo de laUNODC ( United Nations Office on Drugs and Crime u Oficina de Drogas y Crimen de las Naciones Unidas) y al protocolo oficial del Ministerio de Justicia (2018), así como las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el derecho europeo, el Tribunal Supremo y el resto de jurisprudencia de los tri- bunales menores. Además, se explica el procedimiento del drogotest y la necesidad de que los test se tengan que realizar mediante test de análisis de sangre ya que el análisis de saliva no ha resultado garan- tista, pudiendo saber, con los conoci- mientos actuales de la ciencia y con apoyo en normas de Derecho compa- rado, que por debajo de 2 ng/ml de THC en sangre las capacidades psico- físicas del conductor no se ven afectadas, e incluso ya existen estados americanos que han elevado esta tasa a 5 ng/ml sangre, ya que, revisando la exhaustiva bibliografía, los efectos comenzarían a aparecer a partir de esta cantidad. El primer capítulo del manual versa sobre la fiscalización internacional del cultivo de cannabis: fiscalización del cáñamo industrial y los productos deri- vados; índice de psicoactividad; dosis mínima psicoactiva; dosis tóxica y margen de seguridad; lógica y finalidad de la jurisprudencia antidrogas, y sen- tencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En el segundo capítulo del manual, se expone un análisis de la cuestión relativa a la realización de pruebas de drogas en carretera: y es que, la cuan- tificación en saliva no acredita consumo reciente. “El cannabis y las políticas públicas al respecto son piedras con las que construir, en todos los continentes, sociedades a la altura de la inteligencia colectiva de nuestro siglo” belchonock (depositphotos)

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