El Cultivador

75 casos legales T odo atiende a la presión ejercida por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS), que interpreta las convenciones internacionales de fiscalización de estupefacientes de una forma ultraconservadora y restrictiva, considerando la flor del cannabis estu- pefaciente, independientemente de su contenido en Δ-9-tetrahidrocannabinol (THC) y cannabidiol (CBD). La AEMPS, agarrándose a la literali- dad de estas normas internacionales de fiscalización de drogas, interpreta que algo puede ser considerado estu- pefaciente por la “forma” que tiene, La AEMPS interpreta que algo puede ser considerado estupefaciente por la “forma” que tiene, no por su potencial psicoactivo La situación actual de los cultivadores de cáñamo industrial en España, tras las últimas circulares y notas informativas emitidas desde el Ministerio de Agricultura y Conserjerías de Agricultura de distintas Comunidades Autónomas, es del todo compleja. La represión creciente contra estos cultivadores y empresas se hace notar cada vez más presente, a través del hostigamiento de los distintos cuerpos y fuerzas de seguridad, principalmente de la Guardia Civil, pero no solo, sino que las instrucciones de limitar este tipo de cultivos llegan hasta los propios registros agrarios, que instan a los cultivadores a que no cultiven cáñamo salvo para producir fibra, grano o semillas. La situación actual de los cultivadores de cáñamo Un caso de éxito por Bernardo Soriano, S&F abogados agephotography (depositphotos)

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