El Cultivador
59 OECCC en ella programas de políticas públicas ajustados a la realidad científica y social de nuestro entorno, en los que aparezcan aspectos tan relevantes, como el derecho a decidir sobre la propia salud. En este sentido, existe la suficiente evidencia científica, unificada en un criterio común jurídico-sanitario, como para desarrollar una propuesta legislativa en la que estén reconocidos los derechos fundamentales de las personas que deciden usar cannabis: relativas a su cultivo, tenencia, uso y consumo. Únicamente hace falta vo- luntad política para que salga adelante. Diversos grupos parlamentarios, que nos acompañaron en el Congreso, re- conocen de manera conjunta que no existen razones objetivas que justifi- quen persistir en el enfoque punitivo y la estigmatización social. La sociedad española ha demostrado sobrada ma- durez para abordar el estado de la cuestión del cannabis, por ello el Con- greso concluye la necesidad de una propuesta conjunta de puntosmínimos, con encaje en el marco jurídico inter- nacional y fundada en los derechos de las personas. “Accesibilidad, inclusividad , demo- cratización y transparencia”: son pilares básicos para poder proyectar programas de salud pública con can- nabis eficaces. Discurrir en sentido de una regulación integral pasa por situar en el centro a las personas usuarias y sus necesidades de bienestar yellow2j (depositphotos) El modelo de CSC de asociaciones está enfocado a la reducción de riesgos y a la reducción del daño, así como al respeto de los derechos fundamentales de las personas
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