El Cultivador

visualización o accesibilidad a las mismas desde la vía pública. Además, en la modalidad de cultivo de interior, se deberá implementar un correcto sistema de extracción y filtrado de aire. Por otra parte, se regulan unas limitaciones relativas a no sobrepasar las cantidades máximas de productos del cannabis establecidas en la norma, anteriormente expuestas, diferenciándose entre los cultivos de exterior y los cultivos de interior. Tanto el cultivo de interior como el de exterior se limitan por volumen y no por número de plantas. El motivo de esta decisión es la objetividad a la hora de establecer las limitaciones. Mediante el análisis de otras regulaciones hemos inferido que la limitación en cuanto al número de plantas puede producir perversiones, dado que es posible cultivar plantas de 15 gramos o de 2.000 gramos, por lo que sería fácil superar las limitaciones en cuanto a la cantidad máxima. En cambio, limitar en cuanto a volumen nos hace establecer unos límites difícilmente pervertibles y de igual modo fácilmente contrastables si hubiera que realizar algún tipo de chequeo. Al respecto de esta cuestión, cabe destacar que el autocultivo de cannabis no estaría sujeto a ningún tipo de control por parte de la administración y solo en caso de que un juez determinara de forma fundada, en el marco de un procedimiento judicial, la necesidad de un registro domiciliario, se podría comprobar si se cumplen o no estas limitaciones. En base a todo lo anterior, para los cultivos de exterior se establece una limitación de 20 metros cúbicos de volumen, que supondría, por ejemplo, la posibilidad de cultivar 10 plantas de 2 metros de altura y 1 metro de diámetro. INSERTA AQUÍ TÚ PUBLICIDAD 91 658 45 20 81 actualidad legal los cultivos deben estar en espacios cerrados, ya sea en interior o en exterior, ubicando las plantas en lugares seguros jeremyn (depositphotos)

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