El Cultivador

64 OECCC de la sustancia recogido en la farmacopea internacional abre la puerta a que haya nuevas investigaciones y al descubrimiento de otras aplicaciones del cannabis medicinal. Reclasificación en la ONU e Informe JIFE Kenzi Riboulet-Zemouli (For Alternative Approaches to Addiction, Think &Do Tank). Una montaña rusa: las peripecias de la fiscalización internacional del cannabis y de los cannabinoides para usos médicos. “La abolición del uso del cannabis en medicina se hizo en base a consideraciones políticas, culturales y morales, con ausencia total de rigor científico”. El derecho internacional ocupa un papel crítico en el ámbito de las regulaciones del “cannabis medicinal” (o “cannabis para usos médicos” en derecho internacional). Pero su historia pasó por altibajos que, en la perspectiva histórica, pueden sorprender por sus extremos y la rapidez de sus cambios en el siglo XX. En el siglo XXI, se cierra un periodo oscuro de la historia del uso de esta planta en medicina, volviendo a un contexto similar al que existió hace justo 100 años. 2016-2021. En el año 2016, la OMS finalmente empezó el proceso de asesoramiento científico del cannabis. 55 años después de haberse vistos fiscalizados sin datos científicos, el cannabis herbal, la resina, los extractos, las tinturas, el THC/dronabinol y el CBD fueron sometidos a un extenso, completo, riguroso y complejo proceso de evaluación científica por parte del ECDD. Tras tres años de estudio y consultas a doctores y pacientes de todos los continentes, el proceso finalizó (entre otras conclusiones) con un claro reconocimiento del valor y del potencial del cannabis medicinal, así como la necesidad de retirar el cannabis herbal y la resina de la Lista IV de la Convención Única y colocarla junto con extractos y tinturas en la Lista I. “La abolición del uso del cannabis en medicina se hizo en base a consideraciones políticas, culturales y morales, con ausencia total de rigor científico” Wirestock (depositphotos)

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