57 OECCC ley hizo que para tales fines tanto su uso, como el de psiquedélicos, se viera reducido. A comienzos de 1990, con un conocimiento más exhaustivo del sistema endocannabinoide, comenzó a aumentarse la investigación. En el año 2021, se destinaron más medios a la investigación clínica. En Chile, el reglamento de la Ley 20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, recoge en su artículo 4.º: “El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, productoras de dependencia física o síquica, o de materias primas que sirvan para obtenerlas, sea que se trate de las indicadas en los incisos primero o segundo del artículo 1º, será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”. La posición médica dentro de esta ley constituye un precedente de protección de los usuarios, hecho obviado en numerosas ocasiones por los policías y los jueces. En línea con esto, en el artículo 8.º se establece: “El que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de cuarenta a cuatrocientas unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, caso en el cual sólo se aplicarán las sanciones de los artículos 50 y siguientes”. También en este sentido, en el título IV, párrafo 1.º, artículo 50 se menciona: “Los que consumieren alguna de las drogas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas de que hace mención el artículo 1º, en lugares públicos o abiertos al público, tales como calles, caminos, plazas, teatros, cines, hoteles, cafés, restaurantes, bares, estadios, centros de baile o de música; o en establecimientos educacionales o de capacitación, serán sancionados con alguna de las siguientes penas […] Se entenderá justificado el uso, consumo, porte o tenencia de alguna de dichas sustancias para la atención de un tratamiento médico”. Teniendo en cuenta lo anterior, las organizaciones de usuarios, pacientes refractarios, pacientes oncológicos y con condiciones clínicas difíciles de tratar comenzaron a presionar con relación al cultivo de cannabis, a la situación de injusticia y estigmatización con respecto a los criterios de los legisladores y a las consecuencias policiales y penales de esta actividad. Por todo ello, diversas entidades como Fundación Daya decidieron enfrentar esta situación de tres maneras diferentes: 1) autocultivo (el cual constituye un eje pivotante regulador de los siguientes puntos), 2) cultivos comunitarios, y 3) fitofármacos de acceso ético (productos accesibles y costeables que eviten una elevada carga económica inasumible para las personas). El doctor concluye con que no existe una ley que provea del acceso seguro al cannabis a través del autocultivo como piedra angular que regule el mercado. Cabe señalar el estudio que se hizo con pacientes que utilizan Cannabis sativaL. con fines medicinales en cuidados paliativos en el Hospital Gustavo Fricke (Eguren et al., 2018). El uso de cannabis de forma medicinal en pacientes de cuidados paliativos o pacientes oncológicos constituye una realidad nacional. Es llamativa la falta de indicación o de asesoría médica con respecto a su uso y la utilización de preparados no estandarizados, cuya eficacia y seguridad no ha sido demostrada. Se ha avanzado en la medición de los preparados artesanales. En Chile aparecieron formulaciones estandarizadas como el Cannabidiol: 20 mg de THC y 9 mg de CBD, utilizado principalmente en dolor oncológico. Respecto Chile tiene una larga tradición cañamera. Es parte de la historia defender el uso clínico como una herramienta segura en condiciones difíciles y patologías graves
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