El Cultivador

OECCC 39 y de reproducción hacen que exhiba características propias según las condiciones ambientales particulares del entorno en el que se encuentra, condicionando ―el fotoperiodo― su desarrollo y su interacción con el ambiente (suelo, aire, agua etc.), y en sus etapas de germinación, crecimiento y floración, debido a su alta capacidad de resistir condiciones ambientales desfavorables, es posible limitar o suprimir el uso de controladores químicos y pesticidas intensivos, agroquímicos (pesticidas intensivos, herbicidas, insecticidas y plaguicidas) cuya utilización trae consigo subsiguientes consecuencias sociales y ecológicas. Además, en numerosas ocasiones la agricultura industrial no está sujeta a controles de investigadores y organismos independientes. Los legisladores de la Unión Europea fundamentan sus informes en lo datos recogidos por las diferentes empresas multinacionales (BASF, Bayer, Corteva, FMC y Syngenta), responsables mismas del desarrollo, comercialización y uso de estos herbicidas de amplio espectro. Dicho de otro modo, los estándares regulatorios protegen los intereses económicos de las multinacionales. A modo de ejemplo: la afectación al microbioma (celiaquía) debido al uso de glifosato (herbicida de amplio espectro). El cáñamo industrial en España Cabe destacar que existen antecedentes de la utilización industrial del cáñamo en España. Haciendo una revisión sociohistórica de las expresiones culturales de su utilización pueden encontrarse las experiencias recogidas en la zona de Callosa de Segura, en el primer tercio del siglo XIX en adelante (Grau, 2017; Ballesteros, Marc y Zaragoza, 2020). El desenvolvimiento de su uso (actividades manufactureras: principalmente la fabricación de redes) trajo consigo los respectivos cambios en la economía local. Proporcionaba la mayor parte del empleo en este municipio alicantino, e influía significativamente en las relaciones comerciales con municipios circundantes de la Vega Baja como Redován o Cox, asociados a otras actividades industriales, contribuyendo a su vez a modificar el suelo y el paisaje, e incluso siendo exportados sus productos al resto del mundo. Sin embargo, diversos cambios que guardan relación con el posicionamiento legislativo que adquiere la planta Cannabis sativaL. durante el convulso siglo XX español, con la imposición de las restricciones internacionales recogidas en los convenios y tratados de fiscalización (1961, 1971, 1972 y 1988), en España se carece de definiciones autónomas acerca de a qué hace referencia el “cannabis fiscalizado”, unido a la competencia de países más desarrollados que nuestro país, inmerso en el periodo de recesión, autarquía y represión social de la dictadura franquista, además de la generalización global de la utilización de nuevos materiales sintéticos como los polímeros plásticos, en un momento en el que se desconocían las repercusiones medioambientales y sociales derivadas del craqueo y de la reformación del petróleo: extracción, procesamiento y utilización desplazaron total o parcialmente el uso de la fibra del cáñamo en la industria. Aplicaciones terapéuticas del cannabis En otra línea, en relación con sus aplicaciones terapéuticas. Los fitocannabinoides pueden encontrarse en distintas proporciones dependiendo de la cepa de la planta (quimio-tipo I, II o III), consecuencia de su gran variabilidad y diversidad genética fruto de su hibridación cromosómica, y son producidos por simbiosis debido a la descarboxilación natural de los cannabinoides ácidos. Son predominantes: tetrahidrocannabinol (THC), cannabidiol (CBD), cannabinol (CBN) y la tetrahidrocannabivarina (THCV). Sinérgicamente, está el sistema endocannabinoide humano: un sistema de transmisión intercelular en el que interactúan los receptores cannabinoides (CB-1 y CB-2) y los endocannabinoides participan en múltiples procesos fisiológicos como la neurotransmisión. En el informe publicado en el año 2019, la OMS concluye que cabe atender a la presencia de cannabinoides como el CBD, que no tiene efectos psicoactivos o tóxicos asociados, y la utilización de su molécula alberga diversas posibilidades terapéuticas, modula la psicoactividad del THC y no aparece clasificado de forma expresa como sustancia psicotrópica o estupefaciente en los convenios internacionales, a diferencia de lo que sucede con este último. Atendiendo a lo anterior, el Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo del Cannabis (2020) incide en que la normativa de la Unión Europea, por su parte, considera la posibilidad de registrar como cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo) variedades que no superen el 0,2 % de THC, cuando su finalidad sea la obtención de fibras o semillas, lo cual, podría adecuarse tanto a la legislación estatal como a la internacional para superar el actual estado de indefinición legal. Además, la legislación europea, en la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo, permite el registro simplificado para plantas medicinales de uso tradicional. Juan Carlos Usó (2022) sostiene, en su intervención “Cannabis: planta medicinal de uso tradicional”, que el uso de cannabis como agente terapéutico puede encontrarse en diversos registros de la Real Farmacopea Española desde el siglo XVI, cuya prohibición, por consiguiente, se decreta de manera arbitraria, sin tener en cuenta sus aplicaciones tradicionales en la medicina. Cabe señalar que, en la actualidad, se comercializan legalmente numerosas variedades con CBD predominante en incontables establecimientos y farmacias en Israel, Estados Unidos, Canadá, Uruguay o Suiza, que son un trabajo de crianza conjunto de dos bancos de semillas en España. En adición, el Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis (OECCC, 2020), por su parte, conviene en apuntar que implementar un modelo de regulación en el cual la única vía de acceso al cannabis sea la que provea la Juan Carlos Usó sostiene que el uso de cannabis como agente terapéutico puede encontrarse en diversos registros de la Real Farmacopea Española desde el siglo XVI VadimVasenin (depositphotos)

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