El Cultivador

23 activismo ¿El ayuntamiento se excede en sus competencias? Desde la confederación queremos hacer algunas apreciaciones sobre este asunto. En primer lugar, la libertad de asociación está protegida por la Constitución, y cualquier limitación debe estar justificada y ser proporcional. Las restricciones impuestas por el ayuntamiento y la presión policial para limitar las actividades de los clubes cannábicos podrían ser vistas como un atentado a la libertad de asociación. Segundo, el ayuntamiento argumenta que no se puede consumir en las asociaciones cannábicas, pero la sentencia a la que se acogen no recoge el término consumo o autoconsumo, sino el concepto “promoción del consumo”, que es una cuestión totalmente diferente que ha salvaguardado la actividad de estas entidades durante toda su existencia. Es decir, el consumo en el ámbito privado no es delito en el Estado español. Tercero, la licencia de club privado es la más abundante entre los clubes de nuestra índole en todo el territorio nacional, ya que somos entidades de ámbito privado, en las que las personas previamente consumidoras se afilian para abastecerse para el autoconsumo. Además, esto solo puede ser determinado en el terreno penal. Por lo tanto, el ayuntamiento no tiene competencias para cesar la actividad de estas entidades, ya que si esta actividad entra dentro del atípico penal debe ser determinado por un juez caso por caso. En consecuencia, el ayuntamiento solo tiene competencia para cerrar los locales físicos, pero en ningún caso para el cese de actividad de la asociación. Consecuencias previsibles También nos gustaría señalar algunas de las consecuencias sociales previsibles de esta cruzada del ayuntamiento de Barcelona contra los clubes cannábicos. En primer lugar, un aumento de los mercados ilícitos. Si los clubes cannábicos se ven obligados a cerrar o restringir significativamente sus actividades, es probable que los consumidores recurran a los mercados ilícitos para obtener cannabis, donde no hay controles de calidad ni seguridad; y, como consecuencia, se generará un aumento de clubes operando sin licencia o de los mal llamados “narcopisos”, llevados por personas más relacionadas con la criminalidad, ya que les tiene que dar igual la exposición a riesgos legales más elevados. Se les da el control de la hierba a perfiles más peligrosos, lo que puede conllevar un aumento de la criminalidad y esto, a su vez, podría aumentar los índices de corrupción. Indirectamente, esto conlleva una sobrecarga de los sistemas judiciales y penitenciarios. Sin los clubes cannábicos, los consumidores podrían no tener acceso a información y asesoramiento sobre el uso seguro de cannabis, lo que podría aumentar los riesgos para la salud. Los productos obtenidos en el mercado ilícito podrían contener contaminantes peligrosos. Además, la falta de espacios seguros para el consumo podría llevar a las personas a consumir en lugares públicos o privados donde no se puede garantizar la seguridad ni la salubridad. El cierre de clubes cannábicos también tiene un impacto económico, podría llevar a la pérdida de empleos y afectar negativamente a la economía local. Estas entidades también contribuyen a la economía local y al fisco a través de impuestos y tasas. Su desaparición podría resultar en una disminución de estos ingresos. En 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anula esta ordenanza, siendo confirmada la sentencia por el Tribunal Constitucional el ayuntamiento no tiene competencias para cesar la actividad de estas entidades, ya que si esta actividad entra dentro del atípico penal debe ser determinado por un juez caso por caso Equipo ConFAC en el evento realizado en el Congreso sobre la ley modaza

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