El Cultivador

concentración de THC, que en este caso se fija en un máximo de 10 gramos. A efectos de las posibles combinaciones de las distintas tipologías de productos, se tendría en cuenta la suma proporcional de las cantidades anteriores; por ejemplo, no se podría llevar al mismo tiempo la combinación de más de 50 gramos de cogollos de cannabis y de 15 gramos de extracciones. Domicilio En cuanto a las cantidades de tenencia en el domicilio o espacios privados análogos para uso personal, se establece un máximo 3.650 gramos de sumidades floridas de cannabis secas, 1.000 gramos en el caso de las extracciones de cannabis, y en lo referente a los productos elaborados con cannabis, no podrá exceder su contenido total de THC de 365 gramos. Al igual que ocurre con las cantidades de tenencia en la vía publica, no se podrá superar tampoco la suma de las posibles combinaciones proporcionales de las distintas tipologías de productos. Por otra parte, independientemente de que en el domicilio conviva más de una persona adulta usuaria, no se podrá disponer de más del doble de las cantidades establecidas para una persona. Los límites de acceso a productos del cannabis Los límites de acceso a los productos del cannabis que se fijan en la ley hacen referencia a cada vez que la persona usuaria accede a los mismos, siendo iguales tanto para el mercado regulado como para el acceso cooperativo. Lo que sí habrá que tener en cuenta serán las limitaciones adicionales que se establecen en cada vía de acceso, como por ejemplo la limitación de 90 gramos mensuales para las personas socias de clubes sociales de cannabis cooperativos. 77 actualidad legal se establece un máximo 3.650 gramos de sumidades floridas de cannabis secas, 1.000 gramos en el caso de las extracciones de cannabis Serreitor (depositphotos)

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