El Cultivador

61 OECCC del Convenio de 1961, según el artículo 28 y su comentario oficial. Por otro lado, continúan en muchos países los castigos, las detenciones arbitrarias y la discriminación a personas por la tenencia y autocultivo de su medicina. En este sentido, la tendencia está cambiando y cada vez son más los países que advierten de los errores y las limitaciones del actual enfoque sobre políticas de drogas. Sin embargo, es evidente la afectación a derechos humanos como la dignidad, el libre desarrollo a la personalidad, a la información, a la salud, al derecho de asociación por parte de las políticas represivas sobre drogas… El enfoque de las obligaciones penales ha prevalecido tradicionalmente como la única concepción válida para abordar el asunto de las drogas en el mundo, y ha reforzado la utilización de la ley como respuesta a un asunto que demanda respuestas más amplias, que pongan el acento en la preservación de la salud pública, la justicia social y, por ende, los derechos humanos. La fiscalización no ha reducido los problemas (ni cualitativos ni cuantitativos) en cuanto al tráfico de drogas y a su consumo. Según concluye el CESCR (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas) deben proponerse “programas alternativos de desarrollo a las comunidades afectadas para alentarlas a abandonar el cultivo ilícito de cannabis, por ejemplo, ofreciéndoles la posibilidad de participar en el mercado de cannabis medicinal mediante un programa de concesión de licencias a los pequeños agricultores de las comunidades”. Además, la ausencia de un marco regulatorio del CBD trae consigo el desconocimiento, la desinformación y el vacío legal en el que se encuentran pequeños emprendedores empresariales y usuarios. En España, la falta de regulación sobre el cultivo de cáñamo industrial y la comercialización de productos con CBD suscitanmuchas dudas a órganos judiciales, Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y policía autonómica y local. Se suceden las intervenciones y aprehensiones de cultivos ricos en CBD perfectamente legalizados, y en tiendas con licencia en las que se venden flores aromáticas de cáñamo, o aceites con alto contenido de este cannabinoide natural. Los informes elaborados por la AEMPS son interpretaciones alejadas de la realidad Respecto al autocultivo de cannabis medicinal, este conjuga indisolublemente las dimensiones de salud pública y la justicia social y económica

RkJQdWJsaXNoZXIy NTU4MzA1