El Cultivador

55 OECCC un reglamento que una ley. Pero una hipotética elección por el reglamento como el medio a través del cual se regularizaría el cannabis no es una decisión inocente porque su obligado respeto a las leyes previamente existentes restringiría y condicionaría su alcance. Partiendo de esta premisa, el reglamento, por causa de su subordinación a la ley, podría desarrollar dos normas diferentes que, a su vez, tienen puntos convergentes. De un lado, la Ley 17/1967, que en sus artículos 8, 12, 15, 19 y 22, prohíbe (salvo excepciones para usos concretos con previa autorización administrativa a conceder por la AEMPS) el cultivo, producción, fabricación, comercio, dispensación y hasta el consumo de todas las sustancias estupefacientes; de otro, el Real Decreto 1/2015, que regula, entre otras cuestiones, la evaluación, fabricación, distribución, prescripción y dispensación de los medicamentos para uso humano. Ninguna de estas dos normas, ni la ley de estupefacientes ni la del medicamento, parecen el sustrato adecuado para su desarrollo reglamentario, como se expondrá a continuación. La cuestión estriba en que nuestra ley de estupefacientes equipara en la práctica todas las variedades de cannabis, una interpretación que es compartida por la Fiscalía General del Estado (FGE), el Ministerio de Agricultura (MAPA) y la AEMPS. En este sentido, uno de los problemas que plantea el desarrollo reglamentario de la obsoleta ley de estupefacientes descansa en la inercia de reputar como estupefaciente a toda planta de cannabis, y en lo ilógico de atribuir propiedades narcóticas o estupefacientes a las variedades que carecen de ellas. El TJUE, en su sentencia del 19 de noviembre de 2020, caso kannavape, afirma con rotundidad que el CBD no es estupefaciente en el sentido de la CU (ECLI:EU:C:2020:938, apartado 76). Marta de Luxán (Actualización Informe CBD, II Congreso Científico Internacional Cannabis sativa L., OECCC, Fundación ICEERS y Unidad de Política de Drogas-UAB) expone lo siguiente. En el año 2020, el Observatorio Europeo de Consumo y Cultivo de Cannabis presenta el informe CBD, razones para la regulación inmediata, en el que vienen a exponerse los motivos por los cuales el CBD debería regularse en el momento actual. ¿Cuál es la realidad social que viven las personas que participan en esta industria del CBD? Los últimos datos sobre cannabis psicoactivo evidencian que en España se han cuadriplicado en los últimos años las incautaciones de plantas. Ha aumentado la persecución penal y administrativa a las personas BiancoBlue (depositphotos) La ley de estupefacientes equipara todas las variedades de cannabis, una interpretación que es compartida por la Fiscalía General del Estado, el Ministerio de Agricultura y la AEMPS

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